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jueves. 12.06.2025
A LA COLA DEL RANKING MUNDIAL

El opaco Portal de la Transparencia

Por Eugenio HernÔndez | La entrada en vigor de la Ley de Transparencia tiene su trasunto digital en un nuevo portal dedicado a ofrecer ciudadano a la información en poder de la istración del Estado.

transparencia

La entrada en vigor de la Ley de Transparencia tiene su trasunto digital en un nuevo portal dedicado a ofrecer ciudadano a la información en poder de la istración del Estado. Pero una rÔpida visita a la web transparencia.gob.es desmiente de inmediato esa aspiración.

La supuesta transparencia estĆ”, para empezar, sólo en castellano. Quien pretenda acceder en cualquiera de las otras lenguas oficiales o en inglĆ©s verĆ” como sólo se traduce el menĆŗ principal, manteniendo el resto de contenidos su versión original. A diferencia de pĆ”ginas similares de otros paĆ­ses,  aquĆ­ no hay canales temĆ”ticos ni atajos de navegación. En su lugar, un buscador invita a bucear en el medio millón de registros que la herramienta alberga.

Ni abiertos, ni accesibles

No espere búsquedas avanzadas ni operadores lógicos para afinar los resultados: sólo encontrarÔ una lista de filtros preestablecidos por categorías (Institucional, Normativa y Económica son los esclarecedores descriptores), por ministerios y por fecha. Si añade nuevas etiquetas al buscador, queda advertido de que sólo conseguirÔ con ello multiplicar el número de pÔginas de resultados.

Suponiendo que esta búsqueda casi al azar le depare algún fruto relevante, el formato de salida serÔ un listado en pantalla. Una relación de edificios propiedad de una institución, por ejemplo, que no podrÔ cruzar con otros datos o documentos ni descargar como archivos que permitan su reutilización. Hay excepciones, como organigramas en formatos no abiertos (PDF) o enlaces que prometen mÔs detalles, aunque el camino lleve a una pÔgina donde simplemente se repite el título de la ficha a la que pretendía acceder.

Sólo para iniciados

Una alternativa al buscador es solicitar la información que se desee a través del botón para tramitar peticiones. El portal obliga en este caso a la identificación del mediante un abanico de medios diferentes. Si ya ha sufrido el trÔmite de expedición y uso (en un sólo terminal y con un navegador en concreto) del Certificado Digital, no es necesaria mayor explicación al respecto. Si opta por métodos alternativos de identificación (como el sistema Cl@ve) habrÔ de peregrinar por varias webs externas al portal para registrarse y conseguir su contraseña.

El y la petición no garantizan recibir respuesta o la información solicitada. La Ley permite a las instituciones acogerse al silencio istrativo negativo: si no obtiene contestación en 30 días, su solicitud queda denegada. No se moleste en ningún caso en pedir información al respecto de datos anteriores a 2014, ni de Comunidades Autónomas o Ayuntamientos, ni de borradores legislativos o informes que precisen de algún tipo de elaboración. Esas posibilidades no estÔn incluidas en la Ley. Y no, tampoco registros de visitas, reuniones o viajes de los cargos y representantes políticos.

El portal queda asĆ­ a la altura de la Ley que le da sentido, clasificada por la organización Access Info en el tercio inferior de su ranking mundial, entre Thailandia y Costa de Marfil. La norma es un primer intento de abrir la istración a los ciudadanos, pero su puesta en marcha estĆ” aĆŗn muy lejos de responder a lo que una sociedad desarrollada entiende por al ā€œbig dataā€ pĆŗblico.

El opaco Portal de la Transparencia