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la masonería “en sus relaciones con la religión”. Y nos fijaremos en su Constitución General de la masonería simbólica española que practica el rito escocés antiguo y aceptado del año 1884.
Se aceptarían como masones a quienes practicasen lo que se consideraban “sagrados deberes de la humanidad” y estuvieran alejados del fanatismo y la intransigencia
En la Constitución se planteaba un verdadero alegato por la tolerancia, al afirmar que los masones de cualquier país, fuera la creencia religiosa que profesasen eran de la “Gran Familia”, como una era la especie y el planeta en el que habitaban. Por eso, el masón debía respetar las creencias de todos los hombres, y a no obrar nunca contra lo que le dictase la conciencia. Además, al juzgar los errores y debilidades del género humano debía guiarle un espíritu para corregir y no de censura o castigo. Se insistía en la virtud de la tolerancia y en el ejemplo de la propia conducta.
De todo esto se deduciría que todo hombre, cualquiera que fuese su religión podía pertenecer a la Orden masónica si reconocía como principio generador y juez supremo al Gran Arquitecto del Universo. Pero eso no parecía que significase adoración al mismo porque sería imposible rendir un doble culto. En realidad, nada se dice de adorar, sino de reconocer una especie de principio generador.
El masón debía respetar las creencias de todos los hombres, y a no obrar nunca contra lo que le dictase la conciencia
Pero, además, se aceptarían como masones a quienes practicasen lo que se consideraban “sagrados deberes de la humanidad” y estuvieran alejados del fanatismo y la intransigencia.
En conclusión: tolerancia religiosa y tolerancia, en general, pero sin connotaciones de superioridad moral, y evitando caer en el fanatismo y la intransigencia.
Un nuevo material para la reflexión.